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¿Qué pasos legales debo seguir al cerrar un local comercial?

Por Lourdes Bishop

Docente y Asociada Senior de

FABREGA MOLINO

Hoy día se está presentando la necesidad de cerrar algunos locales comerciales debido al efecto que la Pandemia ha generado en Panamá.

Algunas veces el cierre de las sucursales menos productivas puede ayudar a la sostenibilidad del negocio, en otros casos emprender la logística a través de medios virtuales resulta una alternativa novedosa y práctica y otras veces por dejar de haber sido un servicio o producto requerido frente a esta coyuntura histórica.

¿Pero cuando esta situación se nos presenta, qué debemos hacer, a fin de evitar multas, alcances y sanciones por parte de las entidades regulatorias?

A continuación, los pasos a seguir.

AVISO DE OPERACIÓN DE LA SOCIEDAD.

Se podrá cancelar directamente en Panamá Emprende. Si desean que su abogado realice el trámite de cancelación, deberá traspasar la cuenta del Aviso de Operación a éste.

CIERRE CAJA DE SEGURO SOCIAL.

El empleador debe comunicar el Cese de Operaciones de la empresa a la Caja de Seguro social a más tardar treinta (30) días calendario después de haber presentado la planilla en cero (0). De no cumplir con esta disposición infringe el Articulo 88 de la Ley 51 Orgánica de la CSS del 27 de diciembre del 2005.

Documentos a presentar:

  • Formulario “Solicitud Cese de Operaciones” aportado por la Caja de Seguro Social, debidamente completado y firmado

  • Copia de cédula del Representante Legal o su Apoderado

  • Declaración de Renta del último año de operaciones de la empresa

En caso de Empleadores que presenten morosidad, se les solicitará además, los siguientes sustentadores:

  • Copia de la planilla de declaración de cuotas donde reportaron las liquidaciones de los empleados.

  • Copia de los desgloses de liquidación con copia de cédula de los empleados.

CIERRE DE OPERACIONES EN EL MUNICIPIO.

Como contribuyente municipal, se debe completar una documentación que se puede acceder en la página del Municipio y su abogado le puede asistir. El cierre definitivo puede tomar hasta dos años, sin embargo, basta con la presentación del cierre para que no se realicen cargos adicionales por impuestos municipales.

CIERRE DE EMPRESA EN EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS COMO CONTRIBUYENTE FISCAL.

Serían necesarios los siguientes documentos:

    1. Memorial solicitando el cierre;

    2. Estado de cuenta;

    3. Constancia de cancelación de Aviso de Operación o constancia de no aviso;

    4. Copia de la escritura de Disolución;

    5. Declaración de Renta Final, que debe preparar el auditor o contador de su empresa o negocio;

    6. Constancia de cierre ante la Caja de Seguro Social;

    7. Copia de cédula del Representante Legal de la sociedad.

Recomendaciones.

        1. Realizar todos los trámites dentro del término establecido por ley, a fin de evitar multas y alcances que podrían ser de considerable cantidad; y

        2. Es importante y necesario mantener comunicación directa con el contador que le haga la declaración final de renta, toda vez que se debe actuar en sintonía para efectos de cumplir con los términos para la presentación de los documentos.

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Last updated 4 years ago

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